Conforme a lo dispuesto en el artículo 45 del Decreto 606 de 2023, la creación de una nueva instancia Local y Distrital de participación deberá contar como mínimo con los siguientes requisitos:
- Concepto de viabilidad técnica, jurídica y financiera de la entidad Distrital y/o local pertinente según el objetivo temático de la Instancia a crear, con el fin de garantizar el funcionamiento de la instancia.
- Concepto de aprobación por parte del Instituto Distrital de Participación y Acción Comunal.
- Coherencia en objeto, integrantes, las funciones y el alcance de la Instancia a crear, en ninguna circunstancia estos pueden ser iguales a alguna instancia existente.
- Plan de acompañamiento y sostenibilidad técnica y operativa de la instancia a cargo de la entidad proponente.