A la hora de citación se requiere de la presencia de la mitad más uno de los afiliados que figuran en el libro o una hora después por lo menos el 30% de ellos. Sin embargo, si no se logra este último número, la asamblea se deberá́ reunir dentro de los 15 días hábiles siguientes y para instalarla se requiere de sólo el 20% de los afiliados. (Artículo 32 de la Ley 2166 de 2021).