Las organizaciones comunales llevaran a cabo el proceso de elección de sus dignatarios el último domingo del mes de abril del año 2026 de acuerdo con el artículo 36 la ley 2166/21. Cuando la elección de dignatarios de los organismos de acción comunal coincida en el respectivo mes con la elección de corporaciones públicas, Presidente de la República, gobernadores o alcaldes municipales, la fecha de elección se postergará para el último sábado o domingo del mes siguiente.