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FORMATO ÚNICO HOJA DE VIDA PERSONA NATURAL

 02/03/2024

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FORMULARIO DE INSCRIPCION CAL 2024- 2026

02/03/2024

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DECRETO LOCAL No. 008 - 2024 - CAL - APROBADA

 26/03/2024

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¿Cuál es la importancia de la CAL?
Es una instancia de coordinación que articulará las acciones de los actores estratégicos de la localidad hacia el fortalecimiento de la gestión ambiental local, bajo el principio de sostenibilidad, buscando el mejoramiento de las condiciones ambientales y, por lo tanto, el mejoramiento de la calidad de vida de los habitantes.


¿Cuáles son las principales funciones de la CAL?
 

  • Fomentar la participación ciudadana en los diferentes procesos de gestión ambiental adelantados en la localidad, a través de campañas, foros, capacitaciones y demás actividades que estimulen la corresponsabilidad de los diferentes actores estratégicos locales con los recursos naturales y el ambiente.
  • Fortalecer y operativizar las estrategias de educación ambiental en la localidad, teniendo como marco fundamental la Política Pública Distrital de Educación Ambiental –PPDEA, el Plan de Gestión Ambiental –PGA y la normatividad vigente.
  • Apoyar la formulación e implementación de políticas públicas distritales que incorporen o tengan injerencia en componentes ambientales de la localidad.
  • Apoyar el desarrollo de las actividades tendientes a la promoción, prevención y control de problemas de salud, en el abordaje de determinantes sociales con énfasis en los ambientales presentes de forma particular en cada localidad, de conformidad con las políticas y normas ambientales de salud, según lo establecido por el Acuerdo Distrital 274 de 2007 y normas que lo reglamenten.
  • Apoyar la creación, desarrollo y administración de sistemas de información ambiental local, bajo los lineamientos que sobre la materia establezcan los organismos distritales del sector central correspondientes.
  • Apoyar y gestionar iniciativas y propuestas ambientales comunitarias con el sector público y privado, de orden local, distrital, nacional e internacional.
  • Elaborar anualmente el plan de acción para operativizar las acciones de la respectiva CAL.
  • Elaborar anualmente un informe de las acciones coordinadas y llevadas a cabo por la CAL en torno a la gestión ambiental en la localidad.
  • Elegir los representantes de la CAL en las instancias de participación local y distrital que así lo ameriten.
  • Darse su propio reglamento, para lo cual contará con la asesoría técnica de la Secretaría Distrital de Ambiente.
     

¿Quiénes conforman la CAL?

  • El/la Alcalde/sa Local o su delegado/a, quien la presidirá
  • Un/a (1) representante de la Secretaría Distrital de Ambiente –SDA.
  • Un/a (1) Edil de la respectiva Junta Administradora Local - JAL.
  • Un/a (1) representante del Consejo de Planeación Local –CPL designado por su presidente, para el tema ambiental y/o rural para las localidades con zonas rurales según el POT.
  • Un/a (1) representante de la Secretaría Distrital de Planeación –SDP.
  • Un/a (1) representante de la Secretaría Distrital del Hábitat –SDHT.
  • Un/a (1) representante de la Secretaría Distrital de Salud –SDS.
  • Un/a (1) representante de la Dirección Local de Educación –DILE (SDE).
  • Un/a (1) representante de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá – EAAB.
  • Un/a (1) representante del Jardín Botánico José Celestino Mutis –JBB.
  • Un/a (1) representante de la Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos –UAESP.
  • Un/a (1) representante de las universidades (públicas o privadas) con presencia en la localidad (o institutos técnicos o tecnológicos, para las localidades que no cuenten con universidades en su jurisdicción).
  • Un/a (1) estudiante de un colegio (público o privado) de la respectiva localidad.
  • Un/a (1) representante de la Asociación de Juntas de Acción Comunal –ASOJUNTAS, que sea miembro del comité, comisión, o mesa encargada de tratar los temas ambientales.
  • Diez (10) representantes de sistemas, mesas, procesos territoriales y organizaciones, que realicen y/o promuevan acciones ambientales en la localidad.


Mecanismo de elección:

  • VOTEC: Virtual
     

Cronograma:

  • Desde el 18 de marzo hasta el 25 de marzo: Socialización de convocatoria a comunidad y publicación de formatos mediante redes sociales de la alcaldía. La comunidad puede solicitar apoyo a los profesionales de Área de Ambiente de la Alcaldía Local de Engativá.
  • Del 26 de marzo hasta el 09 de abril de 2024: Inscripción de candidatos y candidatas mediante plataforma VOTEC.
  • Del 26 de marzo hasta el 09 de abril de 2024: Inscripción de votantes mediante plataforma VOTEC.
  • Del 26 de marzo hasta el 10 de abril de 2024: Atención a reclamos y/o subsanaciones de candidatos y candidatas.
  • 12 de abril: Publicación de listados de candidatos, candidatas y votantes en la página web de la alcaldía Local de Engativá.
  • 15 de abril de 2024: Votación para la elección de miembros, esta se realizará entre las 08:00 y las 15:00 horas, mediante la plataforma VOTEC.
  • 18 de abril de 2024: Proyección del decreto local del nombramiento y posesión de los nuevos miembros comisionados de la CAL.
  • 18 de abril de 2024: Posesión de los nuevos miembros de la Comisión Local.


¿Cuántos integrantes hay por localidad?


10 comisionados por elección de los sistemas, mesas, procesos territoriales y organizaciones ambientales


¿Cuál es la normatividad de la creación de los consejos locales de la bicicleta?

  1. Decreto 575 de 2011: Por medio del cual se reglamenta la organización y conformación de las Comisiones Ambientales Locales.
  2. Decreto Distrital 081 2014: Por medio del cual se crea y conforma el Consejo Consultivo de Ambiente y se dictan otras disposiciones.


Paridad de género:


No aplica.


¿Cuál es el periodo de la CAL?


Será de un (1) año en relación al decreto distrital No. 606 de 2023.

Cronograma Elecciones Comisión Ambiental Local de Engativá