Según el Decreto 1088 de 1993 por el cual se regula la creación de las asociaciones de Cabildos y/o Autoridades Tradicionales Indígenas, las asociaciones de cabildos son entidades de Derecho Público de carácter especial, con personería jurídica, patrimonio propio y autonomía administrativa y tienen por objeto el desarrollo integral de las Comunidades Indígenas.