Pasar al contenido principal

 

 

  1. Certificación expedida por la autoridad competente, relacionada con la delimitación del territorio en la cual desarrollará su actividad el organismo de acción comunal.

     

  2.  Relación en que se detalle el nombre y documento de identificación de los afiliados y/o afiliadas al organismo comunal debidamente soportado con el registro de asistencia.

     

  3.  Actas que acrediten la constitución, aprobación de estatutos y elección de dignatarios.

     

  4.  Copia de los estatutos.

 

Las actas deben estar debidamente suscritas por el presidente y secretario de la Asamblea General. Adicionalmente, el acta correspondiente a la elección de dignatarios debe estar firmada por los miembros del tribunal de garantías nombrados por la organización comunal para tal fin.