Consejo Local de Mujeres

Conoce cómo participar
¡Participa y haz parte de las decisiones!
El Consejo Local de Mujeres de Puente Aranda es un grupo que asesora a la administración para promover la igualdad de género y combatir la discriminación y violencia contra las mujeres en la localidad.
Mesa de ayuda
Correo: participacion.paranda@gobiernobogota.gov.co
Celular: 313 6253 465
- 1. ¿Qué es el Consejo Local de mujeres ?
El Consejo Local de Mujeres de Puente Aranda es una instancia local que asesora a la administración local en temas relacionados con la Política Pública de Mujeres y Equidad de Género. Su función principal es garantizar el cumplimiento de las disposiciones del Plan de Igualdad de Oportunidades, trabajando para modificar las condiciones sociales que generan desigualdad, discriminación, subordinación y violencia hacia las mujeres por razones de género en la localidad. Este consejo busca promover un entorno más justo e igualitario para todas las mujeres dentro de Puente Aranda.
- 2. ¿Con qué normatividad se creó el Consejo Local de Mujeres?
El Consejo Local de Mujeres de Puente Aranda fue creado mediante el Acuerdo Local 002 de 2013, aprobado por la Junta Administradora Local de la localidad. Este acuerdo estableció al consejo como una instancia de participación y asesoría en temas de política pública de mujeres y equidad de género, con el objetivo de promover la igualdad y prevenir la violencia basada en género en la comunidad.
- 3. ¿Qué hace el Consejo Local de Mujeres ?
El Consejo Local de Mujeres asesora a la administración local en temas de igualdad de género, promueve la participación de las mujeres, impulsa políticas públicas para eliminar la discriminación y la violencia de género, y trabaja para mejorar las condiciones de vida de las mujeres en la comunidad.
- 4. ¿Por quienes está conformado el Consejo Local de Mujeres?
Por la Administración: El Alcalde o alcaldesa Local o su delegado, quien lo presidirá.
La Subdirectora o subdirector Local de Integración Social o su delegada
Un Edil o Edilesa delegado (a) por la Junta Administradora Local.
Un delegado (a) de la Secretaría de la Mujer, quien ejercerá la secretaría técnica.
Un delegado (a) de la Secretaría de Salud.
Un delegado (a) de la Secretaría de Gobierno.
Un delegado (a) de la Secretaría de Segurida
Un delegado (a) del Instituto Distrital de Participación y Acción Comunal – IDPAC
Por la comunidad:
Delegaciones:
Una (1) delegada por cada UPZ residencial (3) y una delegada por las UPZs industriales (1)
Dos (2) delegadas por las juntas de acción comunal de la localidad legalmente reconocidas por el IDPAC.
Una (1) delegada por cada una de las etnias con asiento y reconocimiento en la Localidad (NARP, ROM e indígenas).En caso de no lograrse las representaciones, debe dejarse constancia escrita justificando el motivo de la no delegación.
Una (1) delegada por el sector educativo.
Representaciones:
Una (1) representante por las organizaciones que desarrollan trabajo articulado con las áreas de la Política Pública de Mujer y Género, que tengan asiento en la localidad.
Dos (2) representantes por las agrupaciones legalmente constituidas en los aspectos sociales (que trabajan con las habitantes de calle, las mujeres en condición de desplazamiento, las redes de mujeres productivas y productoras, las mujeres diversas, mujeres LBTI, o que pertenezcan a otros sectores o diversos enfoques diferenciales, mujeres víctimas y/o desplazadas etc.,), comunitarios, políticos, religiosos, culturales, deportivos, de productividad, por la defensa de los derechos de la mujer, de género, ambientales, de comercio e industrial.
Una (1) Representante por el sector industrial y comercial de la Localidad.
Una (1) Representante por los sectores de la economía informal.
Una (1) Representante por las mujeres jóvenes.
Una (1) Representante por las mujeres adultas mayores.
Los siguientes sectores o entidades serán invitados, según lo amerite el tema a tratar:
Un delegado (a) de la Dirección Local de Educación.
Un delegado (a) de la Secretaría de Cultura.
Un delegado (a) de las Comisaría de Familia
un delegado (a) de la Secretaría de Desarrollo Económico.
un delegado (a) de la Personería.
Las demás que consideren necesarias según el tema que se vaya a tratar y que las consejeras consideren necesario.
- 5 ¿Cuál es el periodo para el que son elegidos los representantes de la Comunidad?
Los consejeros de la comunidad serán elegidos para un período de cuatro (4) años
- 6. ¿Cuáles son las categorías a las cuales puedo postularme y cuántas curules serán elegidas?
CATEGORIAS
1.Una (1) delegada por cada UPZ residencial (3) y una delegada por las UPZs industriales (1)
2. Una (1) representante por las organizaciones que desarrollan trabajo articulado con las áreas de la Política Pública de Mujer y Género, que tengan asiento en la localidad.
3. Dos (2) representantes por las agrupaciones legalmente constituidas en los aspectos sociales (que trabajan con las habitantes de calle, las mujeres en condición de desplazamiento, las redes de mujeres productivas y productoras, las mujeres diversas, mujeres LBTI, o que pertenezcan a otros sectores o diversos enfoques diferenciales, mujeres víctimas y/o desplazadas etc.,), comunitarios, políticos, religiosos, culturales, deportivos, de productividad, por la defensa de los derechos de la mujer, de género, ambientales, de comercio e industria;
4. Una (1) Representante por el sector industrial y comercial de la Localidad.
5. Una (1) Representante por los sectores de la economía informal.
6. Una (1) Representante por las mujeres jóvenes.
7. Una (1) Representante por las mujeres adultas mayores.
- 7. ¿Cuáles son los requisitos para ser candidato en el proceso de elección de delegados para el Consejo local de mujeres?
Presentar diligenciado en su totalidad el formato de propuesta de acción a favor de las mujeres.
Ser mayor de 14 años.
Presentar fotocopia del documento de identidad.
Las delegadas de las Organizaciones y Juntas de Acción Comunal que quieran postularse como Consejeras, deben, además, adjuntar en el momento de la inscripción, la certificación de su postulación avalada por el representante legal o presidente de dicha organización, que las acredite para representarlas en el proceso de elección.
- 8. ¿Cuáles son los requisitos para los votantes?
Los requisitos son los siguientes:
Presentar un recibo de servicio público de un inmueble de la localidad (agua, luz, gas)
Ser mayor de 14 años,
Presentar documento de identidad.
- 9. ¿Si me inscribo como precandidato a las elecciones, también debo inscribirme como votante?
Para poder realizar el proceso de votación se debe registrar también como votante.
- 10.¿Puedo votar por las dos categorías para el Consejo local de Mujeres?
Sí, se puede realizar el voto por cada categoría.
- 11. ¿En caso de empate cómo se procederá?
En caso de empate de dos (2) o más candidatos(as), se resolverá dicha situación de acuerdo a lo establecido en el artículo 183, del Decreto Ley 2241 de 1986, Código Electoral Colombiano o su modificatorio, conforme al cual, si el número de votos a favor de dos o más candidatos(as) fuere igual, la elección se decide a la suerte, para lo cual, colocadas en una urna las papeletas con los nombres de los(as) candidatos(as) que hubiesen obtenido igual número de votos. El Instituto Distrital para la Participación y Acción Comunal - IDPAC, designará un representante quién extraerá de la urna una de las papeletas, el nombre que esta contuviere será el del/ de al candidato(a) en cuyo favor se declara la elección.
- 12. ¿Cuáles son las funciones del Consejo Local de mujeres?
Son funciones del Consejo Local de mujeres; las siguientes:
Analizar los principales problemas para el reconocimiento, restablecimiento y garantía de los derechos de las mujeres en la Localidad de Puente Aranda y formular recomendaciones al respecto a la Administración Local.
Propender porque los lineamientos de la política pública en materia de Mujer y Géneros en la localidad se cumplan, en beneficio de la diversidad sexual y la participación.
Apoyar las gestiones que emprendan la Secretaría de la Mujer y las distintas entidades responsables del desarrollo de la Política Pública de Mujer y Géneros como instancia consultiva, promoviendo transformaciones culturales en el ejercicio de la ciudadanía orientadas a que las mujeres ejerzan la titularidad de sus derechos y contribuyendo a promover los valores de pertenencia a la localidad.
Elaborar conceptos y recomendaciones para el cumplimiento de la Ley 51 de 1981, por la cual se adoptó la Convención Internacional para la Eliminación de Todas las formas de Discriminación contra las Mujeres -CEDAW-; de la Convención Interamericana para Prevenir, Castigar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, Belem Do Para; y de la Ley 581 de 2000, la cual reglamenta la adecuada y efectiva participación de la mujer en los niveles decisorios de las diferentes ramas y órganos del poder público a nivel nacional, departamental, municipal y local.
Generar condiciones, mecanismos de comunicación y de concertación permanentes, como oportunidades para que las mujeres, de forma concertada y corresponsable, puedan tramitar ante la Alcaldía y demás espacios de participación como los otros consejos locales: las problemáticas y propuestas identificadas en las investigaciones, los diagnósticos y los planes formulados por el Consejo Local y hacer recomendaciones a la Administración Local para el cumplimiento de los demás tratados suscritos por el Estado Colombiano, tendientes a garantizar el ejercicio de los derechos a una vida libre de violencias, la participación, la salud, la educación, el trabajo, la cultura, la comunicación, el hábitat, la paz y la reconciliación.
Proponer y promover la creación de mesas de trabajo en diversos temas que permitan por medio de la participación amplia y pluralista de las mujeres la consolidación de insumos que aporten a una construcción adecuada de las políticas públicas de la mujer, con perspectiva local y zonal y para conocer y analizar las propuestas y sugerencias de las mujeres y las organizaciones de mujeres sobre sus necesidades e intereses, para presentarlas ante las diversas entidades locales.
Crear condiciones favorables a la equitativa interacción, el reconocimiento y la valoración de las mujeres como sujeto estructurador de la sociedad, mediante el fortalecimiento de los procesos de participación, planeación, organización y la incorporación de la diversidad cultural como soporte fundamental de la sostenibilidad en el desarrollo de las políticas sociales de las mujeres, y para su efecto, mantener una comunicación permanente con las instancias públicas y privadas pertinentes para la materialización de los derechos de las mujeres de cualquier orden y promover la articulación entre las mismas.
Presentar propuestas que promuevan la transversalización del enfoque de derechos de las mujeres y de equidad de género en la formulación, puesta en marcha, seguimiento y evaluación de las políticas públicas sectoriales y poblacionales con incidencia en lo local, al igual que la transversalización de las políticas públicas de la mujer a otros sistemas, sectores, espacios de participación y formas organizativas, a partir de propiciar el diálogo con otros agentes, organismos y organizaciones dentro de lo local, distrital y regional acerca del papel de la mujer en la sostenibilidad del desarrollo humano.
Invitar, cuando lo considere pertinente, a actores de la sociedad civil y/o a la cooperación internacional, a fin de informar sobre las acciones del Consejo y solicitar su apoyo al desarrollo de la Política Pública de Mujer y Equidad de género.
Participar en espacios de análisis, debate y concertación de acciones tendientes a implementar mecanismos de control social y veeduría ciudadana, para el seguimiento y evaluación al avance en el cumplimiento de la ejecución de los recursos, las metas y objetivos del Plan de Desarrollo Local, el Plan de Desarrollo Distrital y los Planes de Acción de las entidades que transversalizan el sector de mujeres, de acuerdo con indicadores de eficiencia, efectividad e impacto previamente establecidos en las políticas de mujeres. También, presentar iniciativas a la Junta Administradora Local o a las autoridades competentes dentro del proceso de aprobación de los planes de inversión anual, a favor del sector.
Gestionar convenios de cooperación con agentes públicos y privados, con el propósito de obtener mejores servicios para las mujeres en general, especialmente para las que se encuentren en estado de vulnerabilidad o con el propósito de obtener el reconocimiento, la inclusión, la participación, la equidad, la garantía y restablecimiento de los derechos de mujeres pertenecientes a los diversos grupos étnicos: indígenas, comunidades negras, pueblo ROM y raizales; a los diferentes sectores sociales, mujeres en condición de discapacidad, LBTI y mujeres en los diversos ciclos de vida: jóvenes, adultas y Adultas Mayores.
Sugerir propuestas de programas y proyectos para las instancias distritales de participación en el tema de mujer.
Propender por el desarrollo e institucionalización de acciones locales tendientes a la capacitación y formación en los temas relativos a la mujer, teniendo la obligatoriedad de promover foros, seminarios, programas, actividades y acciones relacionadas como mínimo una vez al año, que sean espacios propiciatorios de desarrollo en auspicio de la creación de colectivos de mujeres, organismos y organizaciones sociales, políticas y económicas, ambientales y territoriales de mujeres sustentados en la diferencia cultural, con el fin de fomentar, articular y garantizar prácticas de participación y espacios representativos para la deliberación y toma de decisiones concertadas.
Generar la cultura de la convivencia en paz en todas las comunidades y organizaciones donde haga presencia la mujer en la localidad.
Elaborar un plan de acción anual en el cual se defina las actividades que se desarrollarán en el cumplimiento de sus funciones, de manera articulada con otros espacios. Dicho plan de acción deber ser formulado en los dos últimos meses del año inmediatamente anterior.
Establecer su propio reglamento y estructura interna de funcionamiento para el cumplimiento de las acciones a que haya lugar en el marco de sus funciones; garantizando que sus integrantes cumplan con las responsabilidades ciudadanas de convivencia, solidaridad y respeto a la identidad, la diversidad y el ambiente
Nombrar las delegadas del Consejo a los espacios y/u organismos donde se estipule su participación o sean invitadas.
Apoyar las actividades, acciones y programas que, adelantados desde la Alcaldía Local de Puente Aranda, puedan llegar a ser espacios potenciales para la participación incidente, la corresponsabilidad y la vinculación de las mujeres.
Las demás atinentes al carácter del Consejo Local de Mujeres de Puente Aranda.

