Consejo Local de Protección y Bienestar Animal

Conoce cómo participar
El Consejo Local de Protección y Bienestar Animal para Puente Aranda es un organismo de participación comunitaria, orientador de las políticas públicas de protección y bienestar animal en la localidad. Es la máxima instancia de participación para la localidad de Puente Aranda en el tema de protección y bienestar animal y se regirá bajo los siguientes lineamientos de carácter general.
Mesa de ayuda
Correo: participacion.paranda@gobiernobogota.gov.co
Celular: 311 5237 826
- 1. ¿Qué es el Consejo Local de Protección y Bienestar animal?
El Consejo Local de Protección y Bienestar Animal es un organismo de participación ciudadana, cuya función principal es discutir, socializar y retroalimentar las estrategias y políticas públicas para la protección y el bienestar de los animales en su territorio. Su objetivo es promover acciones colectivas para garantizar el cuidado y respeto animal, prevenir el maltrato y atender diferentes problemáticas.
- 2. ¿Con qué normatividad se creó el Consejo Local de Protección y Bienestar animal?
El Concejo dé Bogotá aprobó el Acuerdo 524 de 2013 que establece lineamientos para la creación del Consejo Distrital y Consejos Locales de Protección y Bienestar Animal, dando paso a la creación del Acuerdo Local No. 002 de 2017 “Por medio del cual se establecen los lineamientos para la creación del Consejo Local de Protección y Bienestar Animal de Puente Aranda y se dictan otras disposiciones”.
- 3. ¿Qué hace el Consejo Local Protección y Bienestar animal?
El Consejo Local de protección y bienestar animal tiene como principales funciones velar por la territorialización en la implementación de la Política Pública Distrital de Protección y Bienestar Animal, canalizar las iniciativas provenientes de la comunidad, organizaciones sociales y actores estratégicos y promover la participación comunitaria a través de espacios de sensibilización y educación en los diferentes barrios de la localidad propiciando el respeto por los animales y todas las formas de vida, entre otros.
- 4. ¿Por quienes está conformado el Consejo Local de Protección y Bienestar animal?REPRESENTANTES INSTITUCIONALES: El Consejo Local de Bienestar y Protección Animal de Puente Aranda estará conformado por:
-El Alcalde o Alcaldesa Local de Puente Aranda o su delegado(a).
- Un(a) (1) delegado(a) del Instituto Distrital de Protección y Bienestar Animal -IDPYBA - o quien haga sus veces.
- Un(a) (1) delegado(a) de la Secretaría Distrital de Ambiente.
- Un(a) (1) delegado(a) del Instituto de Participación y Acción Comunal IDPAC
- Un(a) (1) delegado(a) de la Subred Integrada de Servicios de Salud Sur Occidente E.S.E., o quien haga sus veces en la localidad en el tema de salud.
- Un(a) (1) delegado(a) de la Dirección Local de Educación, DILE.
REPRESENTANTES NO INSTITUCIONALES: Estará conformado por (10) diez representantes no institucionales, discriminados así:
- Dos (2) delegados(as) o representantes de las organizaciones, fundaciones, colectivos o grupos que tengan relación con el sector de la protección y bienestar animal con mínimo de (1) año de trabajo demostrable en la localidad.
- Dos (2) líderes de la comunidad que trabajen por la defensa y el bienestar animal en la localidad de Puente Aranda, con mínimo de (1) año de trabajo demostrable en la localidad.
- Un(a) (1) estudiante universitario
- Un(a) (1) técnico o tecnólogo,
- Un(a) estudiante de bachillerato colegio público o privado que resida en la localidad.
- Un(a) (1) veterinario que resida en la localidad.
- Un(a) (1) representante de Asociación de Juntas de Acción Comunal de la localidad, ASOJUNTAS de Puente Aranda.
- Un(a) (1) delegado(a) de propiedad horizontal conjuntos residenciales.
- 5 ¿Cuál es el periodo para el que son elegidos los representantes de la Comunidad?
Los consejeros de la comunidad serán elegidos para un período de cuatro (4) años.
- 6. ¿Cuáles son las categorías a las cuales puedo postularme y cuántas curules serán elegidas?Las categorías son ocho:
-Dos (2) delegados(as) o representantes de las organizaciones, fundaciones, colectivos o grupos que tengan relación con el sector de la protección y bienestar animal con mínimo de (1) año de trabajo demostrable en la localidad.
- Dos (2) líderes de la comunidad que trabajen por la defensa y el bienestar animal en la localidad de Puente Aranda, con mínimo de (1) año de trabajo demostrable en la localidad.
- Un(a) (1) estudiante universitario
- Un(a) (1) técnico o tecnólogo,
- Un(a) (1) estudiante de bachillerato colegio público o privado que resida en la localidad.
- Un(a) (1) veterinario que resida en la localidad.
- Un(a) (1) representante de Asociación de Juntas de Acción Comunal de la localidad, ASOJUNTAS de Puente Aranda.
- Un(a) (1) delegado(a) de propiedad horizontal conjuntos residenciales.
Total de curules : Diez (10).
- 7. ¿Cuáles son los requisitos para ser candidato en el proceso de elección de delegados para el Consejo local de Protección y Bienestar Animal?
1. Formulario de inscripción dispuesto por el IDPAC, debidamente diligenciado.
2. Foto tipo documento en formato PNG.
3. Copia da la cédula de ciudadanía, cédula de extranjería, de conformidad con lo establecido en los artículos 33,34,35 y 63 del Decreto 834 de 2013, o el Permiso por Protección Temporal PPT), atendiendo lo establecido en el artículo 1 del Decreto Nacional 216 de 2021 y la Directiva Distrital 03 de 2022.
4. Certificado de residencia en la que conste por lo menos un año de residencia en la Localidad.
5. Documento en donde presente su intención de pertenecer al Consejo Local de Protección y Bienestar Animal.
REQUISITOS ESPECIFICOS PARA LOS CANDIDATOS
CATEGORIA
REQUISITOS
Representantes por las organizaciones, fundaciones, colectivos grupos que tengan relación con el sector de la protección y bienestar animal
Un año mínimo de trabajo demostrable en la Localidad.
Acta de reunión donde los integrantes conceden el aval o carta de delegación
Delegados líderes de la comunidad, que tengan relación con el sector de la protección y Bienestar Animal
1) Documento con mínimo la firma de veinte (20) personas que le respalden en su aspiración, certificando la residencia en la localidad de cada uno de quienes firman, a través de una certificación de residencia.
Los estudiantes Universitarios
1) Certificación de la Institución donde cursa estudios
Los técnicos y tecnólogos
1) El título que los acredite como tal
Veterinario que resida en la localidad
1) El título que los acredite como tal
Los estudiantes de bachillerato
1) Certificación de la Institución Educativa
El delegado de la Asociación de Juntas de la Localidad de Puente Aranda
1) Oficio firmado por el presidente de ASOJUNTAS donde se le delega.
Los Delegados de Propiedad Horizontal y /o Conjuntos Residenciales:
1) Constancia firmada por el presidente del consejo de administración o administrador del conjunto o edificio donde residen.
- 8. ¿Cuáles son los requisitos para los votantes?
Los requisitos son los siguientes:
Votantes
Requisitos
Para todas las categorias
1. Copia de la cédula de ciudadanía, cédula de extranjería, de conformidad con lo establecido en los artículos 33,34,35 y 63 del Decreto 834 de 2013, o el Permiso por Protección Temporal (PPT), atendiendo lo establecido en el artículo 1 del Decreto Nacional 216 de 2021 y la Directiva Distrital 03 de 2022.
2. Documento que acredite la residencia en la localidad: el cual puede acreditarse por medio del certificado de residencia emitido por la Alcaldía Local de Puente Aranda o un recibo se servicio público de la vivienda.
- 9. ¿Si me inscribo como precandidato a las elecciones, también debo inscribirme como votante?
Para poder realizar el proceso de votación se debe registrar también como votante.
- 10. ¿Puedo votar por las dos categorías para el Consejo local de Protección y Bienestar animal?
Sí, se puede realizar el voto por cada categoría.
- 11. ¿En caso de empate cómo se procederá?
En caso de empate de dos (2) o más candidatos(as), se resolverá dicha situación de acuerdo a lo establecido en el artículo 183, del Decreto Ley 2241 de 1986, Código Electoral Colombiano o su modificatorio, conforme al cual, si el número de votos a favor de dos o más candidatos(as) fuere igual, la elección se decide a la suerte, para lo cual, colocadas en una urna las papeletas con los nombres de los(as) candidatos(as) que hubiesen obtenido igual número de votos. El Instituto Distrital para la Participación y Acción Comunal - IDPAC, designará un representante quién extraerá de la urna una de las papeletas, el nombre que esta contuviere será el del/ de al candidato(a) en cuyo favor se declara la elección.
- 12. ¿Cuáles son las funciones del Consejo Local de Protección y Bienestar animal ?
Son funciones del Consejo Local de Grafiti de Puente Aranda las siguientes:
- Velar por la territorialización en la implementación de la Política Pública Distrital de Protección y Bienestar Animal, estrategias que sobre la temática se realicen en la localidad y aquellas que se propongan a nivel distrital.
- Canalizar las iniciativas provenientes de la comunidad, organizaciones sociales y actores estratégicos, en torno a la protección y bienestar animal en la localidad.
- Promover la participación comunitaria de las personas y entidades relacionadas con la protección y bienestar animal, en la formulación de la normatividad y políticas públicas que la rigen.
- Promover la participación comunitaria a través de espacios de sensibilización y educación en los diferentes barrios de la localidad propiciando el respeto por los animales y todas las formas de vida.
- Recomendar a la Administración Local, en la formulación, construcción e implantación, de políticas y proyectos de gestión integral del hábitat en materia de protección y bienestar animal.
- Actuar como instancia válida de interlocución y socialización ante los órganos de la administración y las entidades públicas del orden Local y Distrital y ante las organizaciones no gubernamentales, en los temas concernientes a la protección y bienestar animal.
- Adoptar su propio reglamento de organización y funcionamiento, con autonomía.
- Presentar a través de la Secretaría Técnica, informes, diagnósticos, documentos de trabajo y recomendaciones que se surtan sobre las principales problemáticas o iniciativas en torno a la protección y bienestar animal para que sean elevadas desde el nivel local al distrital.
- Gestionar la territorialización de la inversión de las entidades que tengan dentro de su misionalidad la búsqueda de la protección y el bienestar de los animales.
- Promover la responsabilidad social empresarial a través de proyectos que favorezcan la protección y el bienestar de los animales.
- Consolidar una red de organizaciones que tengan interés en la protección y el bienestar animal en la localidad.
- Velar por la optimización de los recursos, servicios, conocimientos y experiencias de las diferentes entidades que trabajan por la protección y el bienestar de los animales en la localidad.
- Designar entre los consejeros no institucionales, un delegado al Consejo Ambiental Local CAL, quien asistirá como observador.
- Designar el delegado no institucional ante la mesa distrital del Instituto Distrital de Protección y Bienestar Animal – IDPYBA.
- Las demás que por su naturaleza y alcance se establezcan, siempre y cuando no correspondan o sean competencia de otro organismo o que por ministerio de la ley sean atribuidas a otras autoridades o instancias.

