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¿Dónde consigo el modelo guía para la actualización de los Estatutos de la JAC?

Puedes acceder al modelo guía en Presentaciones y documentos de interés en el siguiente link: https://www.participacionbogota.gov.co/somos-idpac/caja-de-herramientas-elecciones-jac

¿Qué organizaciones sociales atiende la Gerencia de Mujer y Género del IDPAC?

La Gerencia de Mujer y Género del IDPAC brinda acompañamiento a organizaciones sociales de mujeres y de los sectores LGBTI, tanto formalmente constituidas como de carácter no formal, en la ciudad de Bogotá D.C., promoviendo su fortalecimiento, visibilización y participación activa en los espacios públicos y comunitarios.

Cuál es la Estructura del Modelo de Fortalecimiento a Instancias formales y no formales de Participación Ciudadana?

El Modelo consta de etapas o fases; a saber:

 

a. Caracterización. Punto de partida de la ruta, que consiste en el proceso de aplicación de un instrumento de identificación a los interesados(as) para definir la tipología, conformación, características, ubicación, estructura e identificar sí procede el registro en el sistema de información institucional para fines exclusivos del modelo de fortalecimiento.

 

b. Registro: Acción por la cual se incluyen los datos de la organización en la base de datos del instituto para su identificación y posibles procesos de acompañamiento o fortalecimiento. El registro no certifica la existencia de la organización ni constituye reconocimiento de personería jurídica.

 

c. Diagnóstico: Herramienta particular desarrollada por las distintas áreas del Instituto, que permite medir el estado de la organización, medios de comunicación comunitaria y alternativa e instancia de participación a fin de determinar la estrategia de intervención acorde a sus necesidades.

 

d. Plan de fortalecimiento. Conjunto de acciones integrales que la entidad ofrece de acuerdo a su misión para fortalecer las organizaciones, medios comunitarios alternativos e instancias con base en el diagnóstico teniendo en cuenta las necesidades y prioridades identificadas y el ordenamiento legal. Como parte de este se elabora un plan de trabajo construido por la entidad el cual debe estar firmado por las organizaciones, medios de comunicación comunitaria y alternativa, e instancias de participación según corresponda como compromiso de cumplimiento.

 

e. Asistencia Técnica: Acciones de transferencia de conocimiento para incrementar las capacidades organizativas y democráticas de las organizaciones, medios de comunicación comunitaria y alternativa e instancias de participación. El desarrollo de estas debe ser concertada con las organizaciones, en modo de tiempo, lugar y convocatoria según la necesidad.

 

f. Capacitación y/o formación: Conjunto de acciones que brinda herramientas teóricas, metodológicas y de acción para incrementar su interés e incidencia propositiva y crítica en los asuntos públicos de ciudad, así como sus capacidades organizativas y democrática, teniendo en cuenta la siguiente oferta del IDPAC:

 

  • Capacitación técnica: Acciones desarrolladas por el talento humano del instituto, que le permiten a las organizaciones comprender y mejorar su interacción con los grupos de valor y/o el cumplimiento de su misión u objetivos.
  • Oferta de formación del IDPAC: a través de la Escuela de Participación y/o las diferentes entidades educativas con las que el instituto tenga convenio y/o alianza, las cuales podrán ser acordadas con los interesados teniendo en cuenta las necesidades identificadas en la caracterización y diagnóstico, al finalizar el curso los participantes deberán acreditar el cumplimiento de los requisitos del curso y para ello deberán presentar: 
  • Certificación por curso. Los y las estudiantes pueden acceder a la certificación de cada uno de los cursos, al cumplir con las actividades previstas y en el caso de la asistencia, de al menos un 80%.
  • Certificación en la modalidad de diplomado: También se ofrece la posibilidad de acceder a la certificación con carácter de Diplomado al desarrollar el equivalente a 3 de 4 cursos aprobados satisfactoriamente dentro del mismo ciclo, por parte de un mismo estudiante. Los diplomados serán certificados por el IDPAC y en algunos casos con el aval de una institución de educación superior, organización internacional o de la sociedad civil.

 

g. Seguimiento y Evaluación: Etapa en la cual se desarrolla el seguimiento al cumplimiento del plan de trabajo consagrado en el literal D.

 

¿A qué instancias ambientales de participación se puede vincular mi organización ambiental?

A nivel local existen principalmente 2 instancias ambientales de participación: 

  • Comisión Ambiental Local 
  • Consejo Local de Gestión de Riesgo y Cambio Climático. 

¿A qué poblaciones están dirigidas las acciones de la Gerencia de Mujer y Género?

Las acciones de la Gerencia de Mujer y Género del IDPAC están orientadas al fortalecimiento de las organizaciones sociales de mujeres y de los sectores LGBTI, promoviendo su participación activa, el reconocimiento de sus derechos y la construcción de una cultura de inclusión y equidad en la ciudad de Bogotá.

¿Ante quien se presentan las planchas o listas para una elección de dignatarios de una organización comunal?

Las planchas o listas deben ser presentadas ante el secretario de la organización comunal o ante los afiliados que la asamblea decida previamente a la elección.

¿Cómo garantiza el IDPAC la participación de la población mayor?

El IDPAC acompaña los procesos de elecciones de personas mayores en la cual se garantiza la participación de toda la población mayor sin distingo alguno. Y una vez elegidos los consejeros el IDPAC acompaña de manera técnica a los Consejos Locales y Distrital de Sabios y Sabias con el fin de Fortalecer el ejercicio participativo de la población mayor.

¿Cómo las organizaciones comunales y sociales pueden participar en las Obras con Saldo Pedagógico?

Las organizaciones comunales y sociales deben participar en las convocatorias públicas en el marco del fondo Chikaná que se realizan para presentar el proyecto y consolidar los requisitos necesarios para acceder un incentivo de hasta $15.000.000 y suscribir un convenio solidario.

¿Cómo puede participar mi organización en un proceso de fortalecimiento?

A través de las convocatorias que realiza la entidad, como lo es Chikana o Benkos Biohó. Así mismo, las organizaciones participan por medio de sus representantes de acuerdo a cada grupo étnico, toda vez que, estos referencian las organizaciones a fortalecerse de acuerdo a las acciones afirmativas concertadas.  

¿Cómo pueden participar en jornadas animalistas en el territorio?

Las organizaciones sociales animalistas pueden participar en cada una de las jornadas que se realicen de manera articulada con las instituciones que tienen misionalidades y/o acciones animalistas, normalmente las organizaciones sociales invitadas a los espacios de participación se encuentran en el directorio de organizaciones sociales y activas en la ruta de fortalecimiento ofrecido por el IDPAC.

¿Cómo puedo ser parte de una Instancia de Participación?

Cada Instancia de participación tiene diversos procedimientos para el ingreso de nuevos integrantes, por lo cual es necesario consultar regularmente los procesos eleccionarios de instancias de participación desarrollados por las Alcaldías Locales y el IDPAC.

¿Cómo se clasifican las Instancias de Participación?

Las instancias se clasifican en:

1. Por su origen:

a. De iniciativa ciudadana, se les denomina espacios de participación no convencionales o no formales y tienen un mayor grado de independencia, aunque su alcance no este propiamente definido, no cuentan con norma alguna de creación y la secretaría técnica, por lo regular, no es ejercida por el representante de ninguna entidad.  

b. Las que provienen de una entidad o autoridad pública, son consideradas formales y media acto administrativo en su creación y conformación, allí se define generalmente estructura, integrantes, funciones, forma de elección, entre otras.

 

2. Por su composición

a.  Instancias de Composición Mixta: Son las que están compuestas por representantes de la comunidad, sectores sociales o ciudadanos en general, grupos de interés, representantes de organizaciones sociales y servidores públicos.

b.  Instancias Autónomas: Son aquellas en las cuales la ciudadanía se organiza y es el actor más importante. Las instituciones pueden participar en estas instancias en calidad de invitados, pero no hacen parte de la organización.

c. Instancias de coordinación institucional: no se deben confundir con instancias de participación, sus funciones son de carácter técnico, consultivo y de recomendaciones a las autoridades correspondientes, a nivel local se pueden nombrar entre ellas la Comisión Intersectorial de Participación (CLIP).

¿Cómo se conforman las Instancias de Participación?

La administración nacional, departamental, distrital o local reglamenta la conformación de cada instancia mediante actos administrativos. Para la representación de la sociedad civil, la administración realiza procesos de elecciones o de representación de sectores por consenso y cuando la instancia cuenta con participantes de entidades, éstas podrían ayudar a definir el mecanismo de delegación. Estos procesos se llevan a cabo con base a la legislación sectorial vigente para cada instancia de participación. 

 

Las leyes estatutarias que regulan la materia son: Ley 134 de mayo 31 de 1994 por la cual se dictan normas sobre mecanismos de participación ciudadana, Ley Estatutaria 1757 de julio 6 de 2015 por la cual se dictan disposiciones en materia de promoción y protección del derecho a la participación democrática. Adicionalmente, en Bogotá, D.C., además del estatuto de la participación se cuenta con el Decreto 606 de 2023 por medio del cual se actualiza el Sistema Distrital de Participación Ciudadana del Distrito Capital y el Decreto 477 de 2023 que adopta la Política Pública de Participación Incidente del Distrito Capital 2023 – 2034.

 

¿Cómo se crea una Instancia de participación?

Las instancias de participación pueden ser, de tipo formal, es decir creadas mediante un acto administrativo, en la cual se estipule su naturaleza, composición y funciones; o pueden ser de tipo no formal, las cuales son creadas por iniciativa de la ciudadanía, motivadas por asuntos de interés, sin un acto administrativo de por medio. En una instancia de tipo no formal, su naturaleza, composición, alcance y funciones son determinadas por la ciudadanía. 

¿Cómo se crean las instancias de participación ciudadana en el Distrito Capital?

Conforme a lo dispuesto en el artículo 45 del Decreto 606 de 2023, la creación de una nueva instancia Local y Distrital de participación deberá contar como mínimo con los siguientes requisitos:  

  1. Concepto de viabilidad técnica, jurídica y financiera de la entidad Distrital y/o local pertinente según el objetivo temático de la Instancia a crear, con el fin de garantizar el funcionamiento de la instancia.  
  2. Concepto de aprobación por parte del Instituto Distrital de Participación y Acción Comunal.
  3. Coherencia en objeto, integrantes, las funciones y el alcance de la Instancia a crear, en ninguna circunstancia estos pueden ser iguales a alguna instancia existente.  
  4. Plan de acompañamiento y sostenibilidad técnica y operativa de la instancia a cargo de la entidad proponente. 

¿Cómo se puede ingresar a la Ruta de Fortalecimiento para organizaciones de personas con discapacidad que desarrolla el IDPAC?

Puede enviar un mensaje al correo discapacidad@participacionbogota.gov.co, manifestando el interés de su organización en hacer parte de la Ruta y dejando sus datos de contacto. Un gestor del Grupo de Discapacidad de la Organización de Fortalecimiento a la Organización Social del IDPAC se encargará de comunicarse para informarle los pasos a seguir. 

¿Cómo se realiza el acercamiento desde el IDPAC a la población de víctimas del conflicto armado?

Mediante participación y difusión en las Mesas Locales Efectivas de Víctimas, Comités Locales de Justicia Transicional, ferias de servicios que convocan el IDPAC, alcaldías locales y otras entidades, además de espacios distritales como Subcomités temáticos, y Mesas Distritales.

¿Cómo se realiza la actualización de datos en el Directorio Distrital de Comunicación Comunitaria?

El representante legal del Medio de Comunicación Comunitaria, deberá de radicar la solicitud por escrito con los datos que se quieren actualizar a los correos nriveros@participacionbogota.gov.co o vcaceres@participaciónbogota.gov.co. Si la actualización es de cobertura o cambio de representante legal, se deberá de realizar una reunión de verificación y seguimiento antes de realizar la actualización. 

¿Cómo se solicita la certificación de pertenencia al Directorio Distrital de Comunicación Comunitaria?

Para obtener la certificación de partencia al Directorio Distrital de Comunicación Comunitaria, se realiza la solicitud a través de los correos electrónico nriveros@participacionbogota.gov.co o vcaceres@participaciónbogota.gov.co. El medio comunitario debe encontrarse activo en la plataforma.

¿Con cuáles políticas públicas se articula el trabajo de la Gerencia de Mujer y Género?

El trabajo de la Gerencia de Mujer y Género del IDPAC se articula con el Plan de Acción de la Política Pública de Mujeres y Equidad de Género (Decreto 166 de 2010) y con la Política Pública para la Garantía Plena de los Derechos de las Personas de los Sectores LGBTI (Decreto 062 de 2014). Esta articulación permite promover la participación, el reconocimiento de derechos y la inclusión de estas poblaciones en los distintos espacios e instancias de la vida pública en Bogotá.

¿Con cuántos afiliados se instala una asamblea de afiliados?

A la hora de citación se requiere de la presencia de la mitad más uno de los afiliados que figuran en el libro o una hora después por lo menos el 30% de ellos. Sin embargo, si no se logra este último número, la asamblea se deberá́ reunir dentro de los 15 días hábiles siguientes y para instalarla se requiere de sólo el 20% de los afiliados. (Artículo 32 de la Ley 2166 de 2021).

¿Cuál es el equipo articulador del IDPAC?

Equipo de talento humano asignado para las diferentes localidades, quienes apoyan, implementan y hacen seguimiento al plan de acción territorial, y brindan asistencia técnica a las Alcaldías Locales, sectores de la Administración Distrital, instancias y a la comunidad en general en el ámbito local en temas de participación. Así mismo, realizan el acompañamiento y/o secretaría técnica a las instancias de coordinación existentes en el nivel Distrital y local.

¿Cuál es el número mínimo de afiliados de una junta?

Para constituirse, se requieren mínimo 75 afiliados en los barrios y 20 en las veredas. Para subsistir la junta, después de fundada, se necesita de por lo menos el cincuenta por ciento (50%) del número de afiliados requerido para la constitución. (Artículo 11o Ley 2166de 2021).

¿Cuál es el órgano competente para adelantar el proceso conciliatorio?

El proceso conciliatorio es competencia de la Comisión de Convivencia y Conciliación de la organización comunal.

¿Cuál es el órgano encargado de administrar una junta?

El órgano encargado de administrar la Junta, es la junta directiva, esta se encarga de tomar las decisiones administrativas que permiten funcionar a la organización.

¿Cuál es el plazo máximo para presentar la reforma estatutaria de la Junta de Acción Comunal a la cual pertenece?

13 de Septiembre de 2025

¿Cuál es el procedimiento para que la Gerencia de Mujer y Género del IDPAC caracterice a mi organización?

Para iniciar el proceso de caracterización, puedes contactar directamente al equipo de la Gerencia de Mujer y Género del IDPAC. Contamos con referentes territoriales en las 20 localidades de Bogotá, quienes están presentes en las Casas de Igualdad de Oportunidades para las Mujeres, en las reuniones de los COLMYEG (Comités Operativos Locales de Mujer y Equidad de Género) y en las Alcaldías Locales.
También puedes enviar tu solicitud o consulta al correo electrónico: mujerygenero@participacionbogota.gov.co

 

¿Cuál es el proceso para activar un medio de comunicación comunitaria que se encuentra inactivo en el Directorio Distrital de Comunicación Comunitaria?

El representante legal, deberá realizar la solicitud escrita radicando la solicitud en la Avenida calle 22 Nº 68C - 51 del IDPAC o vía correo electrónico atencionalaciudadania@participacionbogota.gov.co. Adjuntando las tres últimas publicaciones del medio correspondiente a los últimos tres meses (Si el medio es tic, audiovisual o sonoro se adjunta en un CD o links de visualización.  

¿Cuál es el proceso para la caracterización de un medio de comunicación comunitaria ante el IDPAC?

El proceso de caracterización para aquellos medios comunitarios que aún no se encuentren en el Directorio Distrital podrán lo podrán realizar siguiendo el procedimiento estipulado por la Resolución 095 del 2018, en el inciso 7 pagina 4 los "requisitos y pasos para el proceso de caracterización son": 

Radicar una carta solicitando la caracterización con los siguientes datos:   

  • Nombre del medio 
  • Nombre del representante legal 
  • Sector (Escrito, Sonoro, Audiovisual o Tic)  
  • Dirección donde se encuentra ubicado del medio  
  • Página Web 
  • Teléfono del medio  
  • Teléfono del representante legal  
  • Localidad  
  • Cobertura  
  • Población objetivo  
  • Si ha pautado con la ETB  
  • Si está constituido legalmente 
  • Una breve reseña de la historia del medio  
  • Documentos adjuntos:  
  • Fotocopia del representante legal  
  • RUT, RIT  
  • Cámara de comercio si se encuentra constituido legalmente  
  • Adjuntar las tres últimas publicaciones del medio correspondiente a los últimos tres meses (Si el medio es tic, audiovisual o sonoro se adjunta en un CD 

 

Esta carta se radica en la Avenida calle 22 Nº 68C - 51del IDPAC, esta solicitud también se podrá realizar vía correo electrónico atencionalaciudadania@participacionbogota.gov.co  

¿Cuál es el requisito para que una decisión tomada en una asamblea sea válida?

Se requiere que se hayan cumplido los requisitos de quórum en la instalación de la asamblea y de validez en el momento de aprobación, es decir, que, según el tipo de decisión a tomar, la asamblea se haya instalado con el quórum correspondiente señalado en el artículo 32 de la Ley 2166 de 2021. y que la aprobación de la decisión se haya realizado según el literal d) del mismo artículo.