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La comunicación comunitaria está definida como aquellos procesos mediante los cuales las comunidades organizadas visibilizan su realidad local con su propia voz. Entendida como una alternativa a la comunicación masiva, este tipo de comunicación construye estrategias para el diálogo, el encuentro y las relaciones solidarias, lo que significa que le da primacía a la comunicación humana y la producción colectiva del conocimiento. 

 

Se trata entonces de que la comunicación sobrepase a los medios, viéndolos no como fin, sino como proceso que trasciende lo técnico y lo tecnológico, como herramienta, como puente y como promotor de la participación de la comunidad y de las producciones sociales de múltiples sentidos. Los medios comunitarios son una de las formas de ponerse al servicio de la comunidad, y la inclusión de esta comunidad en la creación de contenidos la convierte tanto en emisora como en receptora. 

 

El aporte de estos medios al cambio social está fundamentado en los principios de participación ciudadana y promoción de la democracia, además, recuperan la realidad local como fuente principal para la creación de contenidos. Estos elementos fortalecen la identidad de las comunidades, el sentido de pertenencia por el territorio en el que habitan y el reconocimiento de sus coterráneos como iguales. De la mano de sus objetivos, la programación de estos medios debe estar orientada a generar espacios de expresión, información, educación, comunicación, promoción cultural, formación, debate y concertación que conduzcan al encuentro entre las diferentes identidades sociales y expresiones culturales de la comunidad, en un ámbito de integración y solidaridad ciudadana y, en especial, a la promoción de la democracia, la participación y los derechos fundamentales. 

 

Así, en la medida en que los sujetos adquieren sentido de pertenencia por su entorno y se crean lazos de solidaridad entre ellos mismos, se enaltecen también los valores comunitarios y se forja un tejido social sólido, en el que se incluye la educación de ciudadanos capaces de tomar decisiones respecto a los temas de interés común, con conocimiento de la realidad política de su entorno. Los sujetos se transforman en actores y promotores de su propia búsqueda del buen vivir. 

 

Normativa 

 
2007 Acuerdo 292 de 2007 Concejo de Bogotá D.C. 

 

Establece lineamientos de política pública, en materia de comunicación comunitaria en Bogotá y se ordena implementar acciones de fortalecimiento de la misma. Señala que el Alcalde Mayor expedirá la política pública dirigida a promover y fortalecer procesos comunitarios, distritales o locales, de comunicación en la ciudad, y orientada por el propósito de impulsar la equidad en el acceso a los espacios y medios de comunicación y de fomentar la circulación democrática de opiniones e informaciones. Determina las estrategias y líneas de acción que contemplara dicha política, cuya dirección estará en cabeza del Alcalde Mayor, quien la ejercerá con el especial apoyo de la Secretaría de Gobierno, la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte, y la Secretaría de Educación. El plazo para elaborar y hacer pública la política adoptada, será de 6 meses. 

 
2008 Decreto 149 de 2008 Alcalde Mayor 

 

Establece la conformación y las funciones de la Mesa de Trabajo de la Política Pública Distrital de Comunicación Comunitaria, de que trata el Acuerdo Distrital 292 de 2007, que establece los lineamientos de política pública, en materia de comunicación comunitaria en Bogotá y ordena implementar acciones de fortalecimiento de la misma. Precisa los mecanismos de designación de los representantes de los sectores de la sociedad civil y de los colectivos y redes comunitarias de comunicación, con sede en la capital de la república, señala los criterios generales que deberá tener en cuenta la Mesa de Trabajo, al momento de proponer los lineamientos para la adopción de la Política Pública de Comunicación Comunitaria. 

 
2008 Decreto 150 de 2008 Alcalde Mayor 

 

Adopta la Política Pública Distrital de Comunicación Comunitaria 2008-2016, para cuya actualización y modificación, deberá contarse con el concepto previo de la Mesa de Trabajo de la Política Pública. Indica que la formulación, promoción, ejecución, seguimiento y evaluación de la Política Pública Distrital de Comunicación Comunitaria estará a cargo del Instituto Distrital de la Participación y Acción Comunal, a quien también le corresponderá formular el plan de acción distrital y las metas que asume la administración para el desarrollo de la Política Pública adoptada. 

 

Contactos institucionales: 

nriveros@participacionbogota.gov.co y vcaceres@participacionbogota.gov.co.