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Elección de Consejeros (as) No Institucionales para el Consejo Local de Protección y Bienestar Animal 2024


Bienvenidos (as) a las elecciones de los Consejeros (as) no Institucionales. Se elegirán 7 miembros dentro de cinco categorías que residan en la localidad y que hayan realizado labores de protección y bienestar animal en el último año (2023) en Kennedy.
 

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RESOLUCIÓN

 05/04/2024

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1. ¿Qué es el Consejo Local de Protección y Bienestar animal? 
 

Rta: son las instancias locales de discusión, socialización y retroalimentación de la comunidad, organizaciones sociales, instancias locales y entidades distritales, acerca de las diferentes estrategias e intervenciones en materia de protección y bienestar animal en la localidad. 
 

2. ¿Con qué normatividad se creó el Consejo Local de Protección y Bienestar Animal? 

Rta: Que el Concejo de Bogotá a través del Acuerdo Distrital 524 de 2013 definió los lineamientos para la creación del Consejo Distrital y Consejos Locales de Protección y Bienestar Animal. Que el Decreto 242 de 2015, “por el cual se adopta la Política Pública Distrital de Protección y Bienestar Animal 2014-2038”, es un mecanismo de planeación, que orienta el desarrollo de las acciones a implementar en el Distrito Capital pretendiendo otorgar a los animales escenarios de vida óptimos de acuerdo con sus necesidades y requerimientos. Que la Junta Administradora Local de Kennedy en el Acuerdo Local No. 006 del 20 de septiembre de 2017, “Por medio del cual se establecen los lineamientos para la modificación del acuerdo del consejo de protección y bienestar animal de la localidad de Kennedy y se dictan otras disposiciones”, en el Artículo 4. 

3. ¿Qué hace el consejo Local de Protección y Bienestar animal? 

Rta:  a. Propender por la concientización del valor de los animales en la localidad. b. Garantizar la aplicación integral de las leyes, decretos, acuerdos y resoluciones relacionadas con la protección y bienestar animal. c. Difundir acciones afirmativas en pro de erradicar el maltrato animal y tratos crueles y degradantes contra los animales, conforme a la Ley y demás disposiciones vigentes. d. Promover la articulación entre las entidades y los ciudadanos en relación con el tema de protección y bienestar animal en la localidad. 

4. ¿Por quienes está conformado el consejo? 

Rta: El consejo está conformado por ocho (8) representantes instituciones y siete (7) representantes no institucionales. 

5. ¿Quiénes son los representantes institucionales? 

Rta:  
1. El alcalde o Alcaldesa Local o su Delegado (a). 
2. Un (1) delegado del Instituto Distrital de Protección y Bienestar Animal. 
3. Un (1) delegado de la secretaria Distrital de Ambiente. 
4. Un (1) delegado del IDPAC. 5. Un (1) delegado de la Subred Sur Occidente. 
6. Un (1) delegado DILE. 7. Un (1) delegado de la Policía Ambiental 
8. Un (1) delegado de la JAL 

6. ¿Quiénes conforman los representantes no instituciones? 

1. Dos (2) delegados o representantes por las organizaciones, fundaciones, colectivos grupos que tengan relación con el sector de la protección y bienestar animal con mínimo un año de trabajo demostrable en la localidad. 

2. Dos (2) miembros de la comunidad que trabajen por la defensa y el bienestar animal en la localidad de Kennedy. 

3. Un (1) delegado o representante por las organizaciones o agremiaciones de comerciantes de productos y/o servicios relacionados con el bienestar y protección animal. 

4. Un (1) representante de los centros de atención veterinaria de la Localidad 

5. Un (1) representante de la Asociación de Juntas de la Localidad. 

7. ¿Cuáles son las categorías a las que me puedo postular, en el proceso de elección de delegados para el consejo Local de Protección y Bienestar animal?  

Rta: Las categorías son las siguientes: 

-Delegados o representantes por las organizaciones, fundaciones, colectivos grupos que tengan relación con el sector de la protección y bienestar animal con mínimo un año de trabajo demostrable en la localidad. 
-Miembros de la comunidad que trabajen por la defensa y el bienestar animal en la localidad de Kennedy. 
-Delegado o representante por las organizaciones o agremiaciones de comerciantes de productos y/o servicios relacionados con el bienestar y protección animal. 
-Representante de los centros de atención veterinaria de la Localidad. 
-Representante de la Asociación de Juntas de la Localidad. 

8. ¿Cuáles son los requisitos para ser precandidato en el proceso de elección de delegados del consejo Local de Protección y Bienestar animal? 

Rta: 
- Formulario de inscripción dispuesto por el IDPAC, debidamente diligenciado. 
- Foto tipo documento en formato PNG. 
-Copia da la cédula de ciudadanía, cédula de extranjería, de conformidad con lo establecido en los artículos 33,34,35 y 63 del Decreto 834 de 2013, o el Permiso por Protección Temporal (PPT), atendiendo lo establecido en el artículo 1 del Decreto Nacional 216 de 2021 y la Directiva Distrital 03 de 2022. 
-Certificado de residencia emitido por la Alcaldía Local de Kennedy, en la que conste por lo menos un año de residencia en la Localidad. 
-Documento con imágenes en las cuales se demuestra el trabajo de protección y bienestar animal en la Localidad en el último año. 

Tener en cuenta: para cada una de las categorías hay un requisito adicional que varía según en la que se inscriba de la siguiente manera:  
➢ Delegados o representantes por las organizaciones, fundaciones, colectivos grupos que tengan relación con el sector de la protección y bienestar animal con mínimo un año de trabajo demostrable en la localidad. 

  • Documento representación o delegación de organización, fundación o colectivo de la Localidad que realiza labores o acciones de protección y bienestar animal. 


➢ Miembros de la comunidad que trabajen por la defensa y el bienestar animal en la localidad de Kennedy. 

  • Documento con imágenes en las cuales se demuestra el trabajo de protección y bienestar animal en la Localidad en el último año. 


➢ Delegado o representante por las organizaciones o agremiaciones de comerciantes de productos y/o servicios relacionados con el bienestar y protección animal.

  • Documento de representación o delegación organización o agremiación de comerciantes (de la Localidad) de productos o servicios relacionados con la protección y bienestar animal. 


➢ Representante de los centros de atención veterinaria de la Localidad 

  • Cámara comercio centro de atención veterinaria de la Localidad.
     

    ➢ Representante de la Asociación de Juntas de la Localidad. 

Documento de representante o delegado de las Asociaciones de Juntas de Acción Comunal de la Localidad relacionados con la protección y bienestar animal. 


9. ¿Puedo ser precandidato dos o más categorías para el consejo Local de Protección y Bienestar animal? 

Rta: Los precandidatos, sólo podrán inscribirse a una de las cinco categorías. De inscribirse en dos o más categorías, sólo se tendrá en cuenta la primera inscripción registrada en la plataforma virtual.  

10. ¿Cómo será la validación de los documentos aportados por los precandidatos? 

Rta: La documentación será revisada por parte de la Alcaldía Local de Kennedy, posteriormente, se le informará al preinscrito(a) de la validez de su preinscripción o los ítems a subsanar. La solicitud de subsanación si es el caso se realizará mediante el correo electrónico suministrado al momento de la inscripción, para lo cual contará con un término tres (3) días hábiles que comenzarán a correr a partir del día siguiente de la recepción de la solicitud de subsanación. Todo el proceso de subsanación se realizará mediante correo electrónico.
 
11. ¿Cuáles son los requisitos para ser votante en el proceso de elección de delegados para el consejo Local de Protección y Bienestar animal? 

-Ser mayor de diez y ocho (18) años. 
-Diligenciar el formulario de inscripción dispuesto por el IDPAC, debidamente diligenciado; que se encuentra disponible VOTEC, allí deberá adjuntar los siguientes documentos: 

Copia de la cédula de ciudadanía, cédula de extranjería, de conformidad con lo establecido en los artículos 33,34,35 y 63 del Decreto 834 de 2013, o el Permiso por Protección Temporal (PPT), atendiendo lo establecido en el artículo 1 del Decreto Nacional 216 de 2021 y al Directiva Distrital 03 de 2022  o Certificado de residencia emitido por la Alcaldía Local de Kennedy, en la que conste por lo menos un año de residencia en la Localidad. 

12. ¿Si me inscribo como precandidato a las elecciones, también debo inscribirme como votante?

 Rta: Para poder realizar el proceso de votación se debe registrar también como votante. 

13. ¿Cuándo se llevarán a cabo las votaciones en la modalidad virtual y la modalidad virtual asistida? 

Rta:  Modalidad virtual: se llevará a cabo en el periodo comprendido entre el 3 y 5 de mayo de 2024, en el Sistema de Votación Electrónica Ciudadana VOTEC-del Instituto Distrital para la Participación y Acción Comunal -IDPAC que, para tal fin, estará disponible las 24 horas, cerrando su horario de votación a las 4:00 pm del día en mención. Modalidad asistida: se llevará a cabo en la Alcaldía Local de Kennedy entre el 3 y 5 de mayo de 2024 desde las nueve de la mañana (9:00 a.m.) hasta las cuatro de la tarde (04:00 p.m.). 

14. ¿Se realizarán jornadas de inscripción asistida? 

Rta: Las fechas y lugares establecidos para las jornadas de inscripción asistida serán publicadas mediante las redes sociales de la Alcaldía Local de Kennedy durante el periodo de Inscripción.  

 

15. ¿Puedo votar por las cinco categorías para el consejo Local de Protección y Bienestar animal? 

Rta: Sí, se puede realizar el voto por cada categoría.  

16. ¿Cuándo y cómo se llevará a cabo el escrutinio electoral? 

Rta: El escrutinio electoral lo realizará el IDPAC y empezará a partir de las 4:01pm, del 16 de abril de 2024, emitiendo los resultados públicamente, a través de la plataforma VOTEC, del Instituto Distrital para la Participación y Acción Comunal - IDPAC. 

17. ¿En caso de empate cómo se procederá? 

Rta: En caso de empate de dos (2) o más candidatos(as), se resolverá dicha situación de acuerdo a lo establecido en el artículo 183, del Decreto Ley 2241 de 1986, Código Electoral Colombiano o su modificatorio, conforme al cual, si el número de votos a favor de dos o más candidatos(as) fuere igual, la elección se decide a la suerte, para lo cual, colocadas en una urna las papeletas con los nombres de los(as) candidatos(as) que hubiesen obtenido igual número de votos. El Instituto Distrital para la Participación y Acción Comunal - IDPAC, designará un representante quién extraerá de la urna una de las papeletas, el nombre que esta contuviere será el del/ de al candidato(a) en cuyo favor se declara la elección. 

18. ¿Cuáles son los canales de comunicación para resolver otras inquietudes? 


Durante el desarrollo del proceso de elección, ante cualquier inquietud puede comunicarse al WhatsApp: 3023761279, de lunes a viernes en horario de 08:00 am a 04:00 pm, o escribir al correo electrónico liliana.paredes@gobiernobogota.gov.co

¿Necesitas expedir el Certificado de Residencia?
 

Recuerda que este trámite es completamente Gratuito y se puede realizar de manera virtual en este link: https://n9.cl/pa741
Acá te explicamos cómo solicitarlo en caso que tengas que venir a la Alcaldía Local. 

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